EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SOLO PUEDE SER MODIFICADO POR LA UTM, ya que es la signataria del mismo, homologado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación y convertido en Ley Nacional
Considerando las facultades propias de la Unión de Trabajadores Municipales de Salta como signataria del Convenio Colectivo de Trabajo, es que el pasado 29 de octubre firmamos con los funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal, la modificación del artículo 42 de dicho CCT, cambiando la base de cálculo del Nivel 9 al Nivel 12 en Octubre y al Nivel 14 con los haberes de Enero 2025 que acabamos de cobrar
NINGÚN PSEUDO GREMIO PUEDE ARROGARSE LA FACULTAD DE MODIFICAR EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Y MUCHO MENOS CON LA CONNIVENCIA DEL EJECUTIVO MUNICIPAL, YA QUE SON CONOCEDORES DE QUE SI LO HICIERAN INCURRIRÍAN EN UN DELITO FEDERAL
TRABAJADOR MUNICIPAL NO TE DEJES ENGAÑAR!!!!