Sobre los injustos y repudiables recortes que nos han hecho en nuestras jubilaciones, el SUOEM informa:
1-Sobre el reajuste o disminución del haber previsional, con motivo de la reducción horaria de los activos de una (1) hora diaria de la jornada laboral (Ordenanza 13.033), en el Amparo Colectivo del SUOEM (2.800 jubilados), la Cámara en una primera instancia concedió la medida cautelar y la Caja de Jubilaciones apeló, lo que fue revocado por el Tribunal Superior, motivo por el cual interpuso recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por un lado; y por otra parte, se pidió que acá en Córdoba, en el juicio principal, se resuelva y se dicte sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo, o sea, que se declare la inaplicabilidad (inconstitucionalidad) de la Ordenanza Municipal N° 13.033 y la Ley Provincial N° 10.694 y que las cuestiones relacionadas a los montos de las diferencias de cada uno, se resuelvan en el proceso de ejecución de sentencia.
2- Se hace presente, que en la actualidad el 82% del haber jubilatorio se aplica sobre el 82% del sueldo del activo (sueldo bruto menos el 18% de los aportes), lo que resulta el 67,24% del sueldo del jubilado cuando estaba en actividad. En su aplicación a cada jubilado, se afecta el llamado “Núcleo Duro”, creado y avalado por el TSJ, pero que la Caja no cumple y lo perfora, porque, no tiene en cuenta que el cálculo del 82% debe ser sobre LA TOTALIDAD DE LOS HABERES DE LOS ACTIVOS, O SEA DEL SALARIO DE BOLSILLO, sin interesar o distinguir si se trata de haberes en blanco o en negro del personal activo.
La Caja viene perforando y violando el Núcleo Duro, porque el cálculo del 82% sobre el 82% lo hace solo sobre los haberes en blanco.