La Festram celebró el fallo que restituyó las condiciones laborales a un trabajador y dirigente gremial
La Federación Entrerriana de Sindicatos de Trabajadores Municipales (Festram) celebró un significativo fallo judicial que restituyó las condiciones laborales a un trabajador de la Municipalidad de Villa Mantero que además es el secretario General del gremio local. La organización destacó además las implicancias jurídicas y gremiales del fallo.
El Juzgado Laboral de Concepción del Uruguay ordenó a la comuna de Mantero “que en el plazo de tres días proceda al restablecimiento en el puesto de trabajo” al trabajador Gustavo Alba “en las condiciones que revistaba”.
Alba había recurrido a la Justicia contra la decisión de la gestión municipal iniciada el 10 de diciembre último que dispuso apartarlo del puesto de trabajo que ocupó durante más de 25 años.
“La acción de tutela sindical que habíamos presentado con Alba contra la municipalidad salió totalmente favorable para el compañero”, celebró el secretario de Legal y Técnica de la Festram, el abogado César Cruz.
El dirigente, que además patrocinó la demanda laboral, resaltó que la Justicia “ordenó a la Municipalidad que lo instale nuevamente, en el plazo de tres días, en su puesto de trabajo como chofer del camión regador, actividad que realizó durante más de 25 años”.
“Este fallo nos llena de alegría porque fue una injusticia. Pero quiero resaltar que los dos antecedentes fundamentales que tomó la jueza para resolver a favor de Alba son dos acciones que inició esta Federación”, destacó Cruz.
En ese sentido, el dirigente remarcó: “La Federación está dejando un antecedente. Se están tomando los fallos de esta Federación en cuanto a la aplicación sin dudas de la Ley 23.551 (de Asociaciones Sindicales) a los empleados públicos provinciales y municipales. Porque la Municipalidad decía que tenía que ir por el contencioso administrativo”.
“Otra cosa (que avaló el fallo) es que no hace falta que se le cambie la remuneración al trabajador cuando es dirigente gremial para afectarlo. Como en este caso, el cambio de horario de trabajo, es una afectación a las condiciones de trabajo y una afectación a la libertad sindical de un dirigente gremial”, indicó Cruz.
En el mismo sentido, el directivo de la Festram agregó: “Este fallo tiene una gran importancia porque reconoce que, aun como secretario General del Sindicato de Villa Mantero, sin inscripción gremial, también tiene las prerrogativas de la Ley 23.551 y no se le pueden cambiar las condiciones como se le hizo al compañero Alba”.
Por otra parte, Cruz afirmó que el reciente fallo “además deja bien claro que los juzgados laborales de la provincia son competentes para estas acciones y, además, que sí o sí, si se quieren cambiar las condiciones de trabajo a un dirigente gremial, primero tienen que pedir autorización al Juzgado del Trabajo, lo que se llama el desafuero”.
“Ahora el compañero Alba va a volver a su lugar de trabajo como se merece”, celebró el dirigente de la Festram.